Legislación española a nivel estatal en materia de accesibilidad
Nuestra norma fundamental, la Constitución Española de 1978 ya establece en varios de sus artículos lo que va a ser la política de los derechos de las personas con discapacidad. Así, aunque sólo el artículo 49 [1] hable de personas con discapacidad, existen otros artículos asociados que se deben de tener presente Artículo 9.2 en el que se establece que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social” El artículo 10, en el que se establece la dignidad de la persona como fundamento del orden político de la paz social; El artículo 14, que reconoce la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, sienta las bases de los derechos inherentes de las personas con discapacidad. Por otro lado, como ya se ha dicho antes, el artículo 49, refiriéndose